Respuesta

El Consejo Universitario es el máximo órgano de autoridad colegiada. La Ley Orgánica de la UNAM le confiere facultades para emitir las normas y disposiciones generales encaminadas a la mejor organización y funcionamiento de la Institución. El Consejo funciona en pleno o en comisiones, en sesiones ordinarias y extraordinarias. Para que funcione en pleno requiere un quórum de la mitad más uno de sus miembros, salvo que se trate de asuntos cuya aprobación requiera de una mayoría especial.