ACUERDO POR EL QUE SE CREA A CÁTEDRA EXTRAORDINARIA "MÉXICO, PAÍS DE ASILO"
Juan Ramón de la Fuente, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9° de la Ley Orgánica y 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y
CONSIDERANDO
Que la Universidad Nacional Autónoma de México es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
Que desde su nacimiento a la vida independiente, México ha cumplido con su vocación de brindar asilo y protección a todos quienes en sus países han sufrido persecución y violencia; teniendo siempre por objeto proteger la vida humana, preservar la libertad y mantener el Derecho, sin tomar en cuenta ideologías, posturas políticas, origen étnico o nacional, o pertenecer a determinado grupo social.
Que la Universidad Nacional Autónoma de México, como parte fundamental del desarrollo cultural, científico e intelectual del país, se ha formado con la herencia histórica de las diferentes raíces sociales, étnicas e ideológicas que integran el rico mosaico cultural de México y que han dado a la Institución su carácter incluyente, democrático y plural.
Que en razón de esa vocación de refugio, gran parte de la memoria histórica de varios países se encuentra en los archivos de la Universidad Nacional Autónoma de México y que, consecuentemente debe ser objeto de rescate, análisis y difusión.
Que muchos de los beneficiarios del Derecho de Asilo concedido y respetado por México se integraron a las tareas universitarias y nacionales con el mismo afán que lo habían hecho en su país de origen, formaron parte de nuestra comunidad y dedicaron gran parte de su vocación y su existencia al fortalecimiento de la vida universitaria.
Que la Universidad Nacional Autónoma de México considera de especial interés estimular y fomentar el intercambio académico del más alto nivel mediante la creación de una cátedra la cual permita que eminentes académicos nacionales y del extranjero participen en proyectos conjuntos de investigación, en la impartición de cursos o en ciclos de conferencias, seminarios, coloquios y demás actividades académicas análogas, en torno al legado de los diversos grupos e individuos beneficiarios del asilo mexicano, sus consecuencias, aportaciones y valores.
Que las cátedras extraordinarias son un espacio idóneo que favorece la excelencia en diversas actividades, tanto de la docencia como de la investigación y de la extensión académica.
Que conforme a la legislación universitaria los profesores visitantes, extraordinarios y eméritos forman parte de su personal académico.
En virtud de lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:
PRIMERO.- Se instituye la Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo como un foro académico universitario para la investigación, el análisis, y la promoción de la enseñanza del legado, la importancia y valores de las instituciones del asilo político y del refugio y de sus beneficiarios en México a través de las distintas áreas del conocimiento en humanidades y ciencias sociales.
SEGUNDO.- Se integrarán a las tareas de la Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo especialistas nacionales y extranjeros, que guarden algún nexo académico con los miembros de los diferentes grupos e individuos asilados o refugiados en México o que se hayan distinguido de manera sobresaliente en la labor docente, de creación o investigación en la materia.
TERCERO.- La Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo, tendrá como sede la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional Autónoma de México.
CUARTO.- La Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo, programará anualmente conferencias magistrales, congresos, coloquios, especializados e interdisciplinarios; cursos, seminarios para docentes, investigaciones específicas, publicaciones y otras actividades análogas, preferentemente con valor curricular, relacionadas con su materia.
QUINTO.- Para el desarrollo de las actividades de la Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo, se integrará un Comité presidido por el Rector y en su ausencia por el Secretario General e integrado por el Director de la Facultad de Derecho, el Coordinador de Difusión Cultural, el Director del Centro de Estudios sobre la Universidad y el Director de la Oficina de Colaboración Interinstitucional, de la Universidad Nacional Autónoma de México. Este Comité se reunirá periódicamente para planear, determinar, organizar y dar seguimiento a las actividades de la Cátedra.
SEXTO.- La Cátedra Extraordinaria México, País de Asilo, se constituirá con el apoyo de la Universidad Nacional Autónoma de México por medio del programa de Cátedras Extraordinarias.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en la Gaceta UNAM
"POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU"
Ciudad Universitaria. D.F., 29 de mayo de 2003
DR. JUAN RAMÓN DE LA FUENTE RAMÍREZ
EL RECTOR
Publicado en Gaceta UNAM el día 29 de mayo de 2003