ACUERDO QUE ESTABLECE EN LA COORDINACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA UNA OFICINA JURÍDICA
CONSIDERANDO
Que la Universidad Nacional Autónoma de México, requiere impulsar la descentralización de sus servicios jurídicos, para que respondan de una manera adecuada a sus fines, agilizando el trabajo, así como los procedimientos en las tareas sustantivas que en el campo de lo jurídico realiza nuestra Institución, para optimizar el funcionamiento de la Oficina del Abogado General.
Que para salvaguardar los intereses jurídicos de la Institución, en las dependencias que comprende la Coordinación de la Investigación Científica, se hace necesaria una reorganización jurídica, para lograr la adecuada y oportuna atención de los procedimientos civiles, penales y laborales que se lleven a cabo ante las autoridades jurisdiccionales, contenciosas o administrativas.
Que la Coordinación de la Investigación Científica se compone por las siguientes dependencias: Instituto de Astronomía, Instituto de Biología, Instituto de Biotecnología, Instituto de Ciencias del Mar y Limnología, Instituto de Ciencias Nucleares, Instituto de Física, Instituto de Fisiología Celular, Instituto de Geofísica, Instituto de Geografía, Instituto de Geología, Instituto de Ingeniería, Instituto de Investigaciones Biomédicas, Instituto de Investigaciones en Matemáticas Aplicadas y en Sistemas, Instituto de Investigaciones en Materiales, Instituto de Matemáticas, Instituto de Química, Centro de Ciencias de la Atmósfera, Centro de Ecología, Centro de Información Científica y Humanística, Centro de Instrumentos, Centro de Investigación sobre Fijación de Nitrógeno, Centro para la Innovación Tecnológica, Centro de Neurobiología y los programas universitarios de participación colegiada que tengan como fin la investigación científica.
Que las dependencias que comprende la Coordinación de la Investigación Científica, por su ubicación y por su crecimiento requieren de apoyo jurídico inmediato que les permita con agilidad la atención de asuntos jurídicos en las materias penal, civil y laboral, y
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9o. de la Ley Orgánica, y 34 fracciones IX y X del Estatuto General, expido el siguiente:
PRIMERO. Se establece una oficina jurídica, dentro de la estructura de la Coordinación de la Investigación Científica, encargada de procurar la atención de los asuntos jurídicos, en los que sean parte, tanto la Coordinación como los institutos, centros y programas de investigación que la conforman.
SEGUNDO. La Oficina Jurídica de la Coordinación de la Investigación Científica, para efectos operativos, se dividirá en dos departamentos, de los cuales uno de ellos se encargará de los asuntos jurídicos en los que sean parte los institutos, centros y programas universitarios de investigación, que se encuentren circunscritos al Campus de la Ciudad Universitaria, y el otro conocerá de los asuntos propios de las dependencias foráneas pertenecientes a la Coordinación, que se ubican fuera del perímetro de Ciudad Universitaria.
TERCERO. La Oficina Jurídica de la Coordinación de la Investigación Científica tendrá las siguientes funciones:
1. Apoyar a las dependencias señaladas, en la atención de los asuntos jurídicos en materia civil, laboral y penal, en los cuales la dependencia universitaria correspondiente esté involucrada.
2. Supervisar las labores jurídicas.
3. Brindar el apoyo necesario en materia jurídica al director de la dependencia respectiva y, servir de enlace con el Abogado General como se requiera.
4. Llevar un control y registro detallado de cada uno de los procesos, e informar al Abogado General de ello.
CUARTO. Para la consecución de las actividades y fines de esta Oficina Jurídica el Abogado General, en ejercicio de sus atribuciones, expedirá o revocará los poderes e instrumentos jurídicos que considere necesarios.
TRANSITORIOS
PRIMERO.- La Oficina Jurídica de la Coordinación de la Investigación Científica, comenzará a conocer de los asuntos civiles, penales y laborales a partir del 11 de abril de 1994, fecha hasta la cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos, conocerá de los asuntos en las materias referidas en los que dichas dependencias estén involucradas.
SEGUNDO.- Los asuntos jurídicos que involucren a dos o más institutos, centros o programas universitarios, pertenecientes a esta Coordinación, así como los aspectos no previstos en el presente Acuerdo serán resueltos por el Abogado General.
TERCERO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día 11 de abril de 1994.
"POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU"
Ciudad Universitaria, D.F. 24 de marzo de 1994
DR. JOSÉ SARUKHÁN KERMEZ
EL RECTOR
Publicado en Gaceta UNAM el día 7 de abril de 1994
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