CONSIDERANDO
Que la Universidad Nacional Autónoma de México, requiere impulsar la descentralización de sus servicios jurídicos, para que respondan de una manera adecuada a sus fines, agilizando el trabajo, así como los procedimientos en las tareas sustantivas que es el campo de lo jurídico realiza nuestra Institución, para optimizar el funcionamiento de la Oficina del Abogado General.
Que para salvaguardar los intereses jurídicos de la Institución, en las dependencias que comprende la Coordinación de Humanidades, se hace necesaria una reorganización jurídica, para lograr la adecuada y oportuna atención de los procedimientos civiles, penales y laborales que se lleven a cabo ante las autoridades jurisdiccionales, contenciosas o administrativas
Que la Coordinación de Humanidades se compone por las siguientes dependencias: Instituto de Investigaciones Antropológicas, Instituto de Investigaciones Bibliográficas, Instituto de Investigaciones Económicas, Instituto de Investigaciones Estéticas, Instituto Investigaciones Filológicas, , Instituto de Investigaciones Filosóficas, Instituto de Investigaciones Históricas, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Instituto de Investigaciones Sociales, Centro de Coordinador y Difusor de Estudios Latinoamericanos, Centro de Estudios sobre la Universidad, Centro de Investigaciones sobre América del Norte, Centro de Investigaciones Interdisciplinarias en Humanidades, Centro Regional de Investigaciones Multidisciplinarias de la UNAM, Centro de Investigaciones Bibliotecológicas, y los programas de investigación que dependan de ella.
Que las dependencias que comprende la Coordinación de Humanidades, por su ubicación y por su crecimiento requieren de apoyo jurídico inmediato que les permita con agilidad la atención de asuntos jurídicos en las materias penal, civil y laboral, y
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 9 de la Ley Orgánica, y 34 fracciones IX y X del Estatuto General, expido el siguiente:
PRIMERO. La Oficina Jurídica de la Coordinación de Humanidades comenzará a conocer de los asuntos civiles, penales y laborales a partir del 29 de abril de 1994, fecha hasta la cual la Dirección General de Asuntos Jurídicos, conocerá de los asuntos en las materias referidas en los que dichas dependencias estén involucradas.
SEGUNDO. Los asuntos jurídicos que involucren a dos o más institutos, centros o programas universitarios, pertenecientes a esta Coordinación, así como los aspectos no previstos en el presente Acuerdo serán resueltos por el Abogado General.
TERCERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día 29 de abril de 1994.
DR. JOSÉ SARUKHÁN KERMEZ
EL RECTOR