ACUERDO POR EL QUE SE CREA EL COLEGIO DEL SUBSISTEMA JURÍDICO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO
Dr. Enrique Luis Graue Wiechers, Rector de la Universidad Nacional Autónoma de México, con fundamento en los artículos 1° y 9° de la Ley Orgánica y 34, fracciones IX y X del Estatuto General, y
CONSIDERANDO
Que la Universidad Nacional Autónoma de México (Universidad) es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado, que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.
Que la Universidad, en ejercicio de su autonomía, tiene la facultad y responsabilidad de gobernarse a sí misma y podrá organizarse como lo estime conveniente para alcanzar sus fines sustantivos de formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad que contribuyan a resolver los problemas nacionales.
Que el Subsistema Jurídico de la Universidad, por conducto de la Oficina de la Abogacía General (OAG) tiene como propósito contribuir a los fines sustantivos de la Universidad, a través de la prestación de servicios jurídicos y el fomento de la cultura de la legalidad y respeto a los derechos humanos e igualdad de género en cada uno de los ámbitos de la Institución para preservar el bienestar de la comunidad universitaria.
Que la dinámica de los problemas de naturaleza jurídica a los que se enfrenta la Universidad es cambiante por lo que es necesario contar con un espacio de diálogo que permita conocer las diferentes realidades de la Universidad para atender de mejor forma sus necesidades.
Que es necesario consolidar los criterios de gestión jurídica incorporando elementos innovadores que generen resultados de excelencia.
Que resulta pertinente contar con una instancia colegiada que proponga políticas y estrategias institucionales para consolidar el ejercicio de la gestión jurídica dentro y fuera de la Universidad.
En razón de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
PRIMERO. Se crea el Colegio del Subsistema Jurídico de la Universidad Nacional Autónoma de México (Colegio) el cual tiene por objeto fungir como órgano de coordinación y diálogo para la mejora del funcionamiento de la gestión técnico jurídica que ofrece el Subsistema Jurídico a la Universidad.
SEGUNDO. El Colegio tiene las funciones siguientes:
I. Establecer un espacio de diálogo permanente entre las Oficinas Jurídicas, y de éstas con las áreas de la administración central de la Universidad;
II. Analizar la problemática surgida en el ejercicio de la gestión jurídica de la Universidad;
III. Formular estrategias de solución a los problemas identificados en el ejercicio de la gestión jurídica de la Institución.
IV. Fortalecer las capacidades de quienes se desempeñan dentro del Subsistema Jurídico a través de organizar y realizar cursos, talleres y seminarios encaminados a la actualización del personal del Subsistema Jurídico;
V. Elaborar y aprobar su Reglamento Interno, y
VI. Las demás que le asigne la persona titular de la OAG y la normativa universitaria.
TERCERO. El Colegio se integra de la siguiente forma:
I. Una Presidencia, a cargo de la persona titular de la Oficina de la Abogacía General;
II. Una Secretaría Técnica, a cargo de la persona titular de la Dirección General de Estudios de Legislación Universitaria;
III. Una Vocalía de Asuntos Jurídicos, a cargo de la persona titular de la Dirección General de Asuntos Jurídicos;
IV. Una Vocalía de Gestión y Coordinación, cuyo titular será la o el Coordinador de Oficinas Jurídicas, y
V. Las personas titulares de las Jefaturas de Oficina Jurídica del Subsistema Jurídico.
Las funciones del Colegio quedarán establecidas en su Reglamento Interno.
CUARTO. El Colegio, a través de su Presidencia, podrá convocar a sus sesiones a personas expertas, en calidad de invitados, cuando la naturaleza de los asuntos lo requiera.
QUINTO. El Colegio trabajará en pleno o podrá integrar grupos de trabajo para la atención de asuntos específicos. En este caso, cada grupo elegirá a una persona responsable de los trabajos la que reportará a la Secretaría Técnica sobre los avances.
SEXTO. El Colegio celebrará sesiones ordinarias una vez al semestre y extraordinarias cuando se estime necesario para atender algún asunto relevante. Las sesiones podrán ser presenciales o a través de videoconferencia.
SÉPTIMO. La Presidencia del Colegio convocará a las sesiones a través de la Secretaría Técnica.
OCTAVO. El Pleno del Colegio sesionará válidamente con la asistencia de la mitad, más uno de sus integrantes y, en su caso, sus resoluciones se tomarán por mayoría simple de votos. En caso de empate, la Presidencia del Colegio tendrá voto de calidad.
Todas las personas integrantes del Colegio tendrán derecho a voz y voto.
NOVENO. De cada sesión del Colegio se levantará un acta que será firmada por los y las integrantes asistentes, la cual será enviada al Rector para su conocimiento.
DÉCIMO. De las reuniones de los grupos de trabajo que se celebren se levantará una minuta que deberá ser firmada por los y las personas integrantes presentes y será enviada a la Presidencia del Colegio, para su conocimiento.
DÉCIMO PRIMERO. La persona titular de la Presidencia del Colegio podrá requerir a los grupos de trabajo informes sobre los asuntos que se les hayan encomendado.
DÉCIMO SEGUNDO. La interpretación, así como los asuntos no previstos en el presente Acuerdo, serán resueltos por la persona titular de la OAG.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor el día de su publicación en Gaceta UNAM.
SEGUNDO. El Colegio quedará instalado dentro del plazo máximo de treinta días naturales a partir de la publicación del presente Acuerdo.
TERCERO. Dentro del plazo de treinta días posteriores a su instalación, el Colegio aprobará y publicará su Reglamento Interno.
"POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU"
Ciudad Universitaria, Cd. Mx, 3 de agosto de 2023
DR. ENRIQUE LUIS GRAUE WIECHERS
EL RECTOR
Publicado en Gaceta UNAM el 3 de agosto de 2023