ACUERDO DEL PATRONATO UNIVERSITARIO POR EL QUE SE MODIFICA LA ESTRUCTURA DE LA CONTRALORÍA
FRANCISCO ROJAS GUTIÉRREZ, Presidente del H. Patronato Universitario, con fundamento en lo previsto por el artículo 10 fracción V de la Ley Orgánica, así como en los puntos I inciso 6, III, VIII, IX, XXI inciso 4, XXII inciso 5 y XXXI del Reglamento Interior del Patronato Universitario, y
CONSIDERANDO
Que la Universidad Nacional Autónoma de México tiene la obligación de transformarse si quiere seguir siendo la principal institución educativa del país, para ello no sólo debe mantener su liderazgo en los programas de docencia, investigación y difusión de la cultura, sino coadyuvar al óptimo manejo de sus recursos y los ingresos complementarios que recibe, de manera eficaz y transparente, para rendir cuentas claras a la sociedad.
Que derivado de una de las funciones fundamentales del Patronato Universitario, que es la vigilancia de los recursos financieros de la Universidad y la preservación de su patrimonio, se hace necesaria una reestructuración de sus áreas, para lo cual el Patronato ha tenido ha bien autorizar el siguiente:
PRIMERO. Se crea la Dirección General de Responsabilidades, Inconformidades y Registro Patrimonial, misma que se integra y estará bajo la dependencia del Contralor.
SEGUNDO. Se adscriben a la Contraloría las siguientes dependencias:
I. Dirección General de Control e Informática.
II. Dirección General de Responsabilidades, Inconformidades y Registro Patrimonial.
III. Auditoría Interna
TERCERO. Serán funciones de la Dirección General de Responsabilidades, Inconformidades y Registro Patrimonial:
I. Cuidar que las operaciones y procedimientos que realicen los funcionarios y empleados de la UNAM, se lleven a cabo con criterios de eficiencia, eficacia y honradez, y con estricto apego a la Legislación y a la Normatividad vigente;
II. Establecer mecanismos de información que permitan detectar y corregir oportunamente las desviaciones de procedimiento que afecten el control interno de la Institución;
III. Promover el establecimiento de las normas y lineamientos necesarios que permitan fortalecer el control interno preventivo en todas las entidades académicas y dependencias universitarias;
IV. Recibir y atender las quejas y denuncias que formulen los particulares o cualquier interesado, respecto de la actuación de los funcionarios y empleados universitarios en el desempeño de sus actividades;
V. Llevar a cabo el procedimiento disciplinario para la determinación de responsabilidades de funcionarios y empleados de la UNAM, y en su caso, aplicar, con el acuerdo del Contralor, las sanciones que correspondan en términos de la normatividad aplicable;
VI. Recibir y atender las inconformidades de los funcionarios y empleados universitarios respecto de las visitas o auditorías que se les practiquen, en relación con la atención de quejas y denuncias o bien, derivadas de la investigación de su situación patrimonial;
VII. Solicitar la intervención de las instancias jurídicas correspondientes, respecto de los hechos presuntamente delictivos o bien, que impliquen el incumplimiento de obligaciones, a fin de promover las acciones legales conducentes;
VIII. Promover el establecimiento de normas y lineamientos para la instrumentación de programas preventivos en materia de responsabilidades de los funcionarios y empleados universitarios, dando la intervención que corresponda a la Oficina del Abogado General;
IX. Participar, como lo juzgue conveniente, en los procedimientos de adjudicación de obras, servicios, conservación y adquisiciones, que se lleven a cabo en las entidades académicas y dependencias universitarias;
X. Vigilar el cumplimiento de las condiciones de costo, calidad y plazo establecidos en la adjudicación de contratos de adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles, servicios y obras, e intervenir, cuando lo juzgue conveniente, en los actos de recepción de las obras nuevas o instalaciones que se incorporen al patrimonio de la Institución;
XI. Recibir, tramitar y resolver, con acuerdo del Contralor y de conformidad con la normatividad vigente, las reclamaciones e inconformidades que se presenten sobre los procedimientos de adjudicación de obras, servicios, arrendamientos de bienes muebles y adquisiciones;
XII. Realizar de oficio las investigaciones que sean necesarias cuando se presuma la existencia de inobservancia a la normatividad en materia de adjudicación de obras, servicios, arrendamientos de bienes muebles y adquisiciones;
XIII. Proponer al Contralor la aplicación de las sanciones que procedan a los contratistas y proveedores, en los términos a que se refiere la normatividad de obras y de adquisiciones vigente en la UNAM, y hacerlo del conocimiento de las entidades y dependencias universitarias;
XIV. Vigilar el cumplimiento de los derechos y obligaciones de la Institución, derivados de la suscripción de convenios y contratos;
XV. Proponer al Contralor criterios y lineamientos tendientes a agilizar y perfeccionar el trámite y atención de inconformidades, y realizar los estudios que para este propósito se requieran y, en su caso, coadyuven al desarrollo de las actividades relativas;
XVI. Solicitar a las instancias competentes la realización de auditorías que se deriven por la presentación de quejas, denuncias, reclamaciones e inconformidades, indistintamente del motivo que las origine;
XVII. Coordinar el registro y análisis de la situación patrimonial de los funcionarios y empleados universitarios y vigilar el cumplimiento de la presentación de las declaraciones respectivas, mediante mecanismos de vanguardia que permitan eficientar el procesamiento, control y consulta de la información relativa, integrando para tal efecto, el Registro Patrimonial de Funcionarios y Empleados de la UNAM;
XVIII. Someter a la consideración del Contralor las normas y formatos bajo los cuales deberá declararse la situación patrimonial de los funcionarios y empleados universitarios, así como los manuales e instructivos correspondientes;
XIX. Coordinar la integración del registro de funcionarios y empleados universitarios sancionados por la UNAM, y expedir constancias de dicho registro;
XX. Solicitar a las instancias competentes la realización de investigaciones y auditorías que se deriven de la presentación de las declaraciones patrimoniales;
XXI. Promover el establecimiento de normas y lineamientos que regulen los obsequios, donativos o beneficios en general que deberán abstenerse de recibir los funcionarios y empleados universitarios, así como operar el sistema que para el efecto se implante;
XXII. Proporcionar asesoría y apoyo, así como supervisar, controlar y dar seguimiento a las actividades que desarrollen las Unidades de Control y Vigilancia de las entidades académicas y dependencias universitarias, en materia de responsabilidades, inconformidades y registro patrimonial;
XXIII. Promover la impartición de cursos de capacitación en materia de responsabilidades de los funcionarios y empleados universitarios, a los responsables de las Unidades de Control y Vigilancia, y participar en ellos conforme a las disposiciones que se emitan al efecto;
XXIV. Participar como Comisario de las Fundaciones, Fideicomisos y Mandatos que emanen de la UNAM, sirviendo de enlace en los Consejos de Administración, y en sus asambleas como un órgano de vigilancia;
XXV. Presentar opinión sobre la razonabilidad de los estados financieros anuales emitidos por las Fundaciones, Fideicomisos y Mandatos que emanen de la UNAM, promoviendo la eficiencia y eficacia en la administración de sus recursos; así como valorar los dictámenes que formulen los auditores externos, sobre dichas instituciones, y
XXVI. Atender cualquier otra función que expresamente le asigne el Contralor.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente acuerdo entrará en vigor el día de su firma y se publicará en la Gaceta UNAM, para conocimiento de la comunidad universitaria.
SEGUNDO. Auditoría Interna y la Dirección General de Control e Informática, continuarán ejerciendo las funciones que venían desempeñando.
TERCERO. Se deja sin efecto cualquier otra disposición emitida con anterioridad que contravenga la presente.
"POR MI RAZA HABLARÁ EL ESPÍRITU"
Ciudad Universitaria. D.F., 27 de junio de 2000
C.P. Francisco Rojas Gutiérrez
Presidente del Patronato
Publicado en Gaceta UNAM el día 3 de julio de 2000
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