Respuesta

Sí. En el caso del bachillerato y licenciatura, por los dos alumnos propietarios elegidos para el consejo técnico de la entidad a que pertenezca el presunto infractor; tratándose de los programas de posgrado, por los dos alumnos elegidos para el comité académico respectivo, o para el que haga sus veces. Las resoluciones del Tribunal Universitario podrán ser revisadas por la Comisión de Honor del Consejo Universitario.