Respuesta

Se consideran como información confidencial los datos personales concernientes a la vida privada de los miembros de la comunidad universitaria y, en general, de cualquier persona física identificada e identificable, especialmente los relativos a su origen étnico; características físicas, morales o emocionales; vida afectiva y familiar; domicilio y número telefónico; patrimonio; ideología y opiniones políticas; creencias o convicciones religiosas o filosóficas; estado de salud físico o mental; preferencias sexuales, así como la demás información que los ordenamientos legales consideren como tal. Así también, será clasificada como confidencial cualquier información o dato académico y laboral que posea la Universidad referido a una persona concreta, como son los contenidos o derivados de los expedientes de los alumnos y trabajadores universitarios y otros análogos que afecten su intimidad.